Desde hoy a las 8 de la mañana de este viernes hasta domingo a las 18 hs los precandidatos para las PASO no podrán hacer declaraciones ni actos proselitistas. La publicación y difusión de encuestas también está prohibida hasta las 21 hs de ese domingo.

La veda es una regulación que tiene como objetivo que el votante tenga tiempo de “reflexionar” acerca de su decisión y no se vea afectado por la propaganda política, al menos en ese período final. En este sentido están prohibidos los actos de difusión, la publicidad, la difusión de encuestas y carteles.

REDES SOCIALES

La veda electoral rige para los medios de comunicación tradicionales, los portales de noticias y los sitios web.

¿Y las redes sociales? El investigador del CONICET especialista en medios y política, Martín Becerra, sostiene que técnicamente no hay veda en este contexto.

Sin embargo, Becerra asegura que la correcta interpretación del Código Nacional Electoral puede influir en el contenido de las redes sociales previo a una elección.

Según la Justicia Electoral, para las interacciones entre amigos no rige la veda. Pero si existiera un perfil dedicado a un acto de proselitismo activo y la identidad del usuario correspondiera a un ciudadano argentino, estaría infringiendo la ley.

La correcta aplicación de la ley debería garantizar el alcance de la veda hasta las redes sociales de las cuentas oficiales de partidos o candidatos.

Desde la Comisión Nacional Electoral (CNE) dijeron que las redes también están alcanzadas por esta limitación.

Sebastián Schimmel, secretario de la CNE, en diálogo con Luis Novaresio, por Radio La Red dijo: “En lo que sea comunicación interpersonal como un WhatsApp entre dos particulares, allí no podemos inmiscuirnos, salvo que haya publicidad formal y contratada que sí está prohibida. Pero en una red abierta, como Facebook o Twitter, cuando la cuenta no está cerrada, las prohibiciones rigen tal como en los demás medios de comunicación”.

En este sentido, remarcó que están prohibidas la publicidad y las publicaciones proselitistas que buscan la captación de sufragio de los votantes. De todos modos, aclaró que, en lo que se refiere al contenido, a veces puede ser difícil determinar si un contenido constituye un acto proselitista o no.

Martín Becerra, especialista en medios de comunicación e investigador del Conicet, también se pronunció sobre este tema en su blog. Según explicó allí, la veda también debería comprender a las cuentas oficiales de partidos y candidatos en redes sociales, con lo cual sobre los días de veda sólo podrían publicar sobre cuestiones no vinculadas a hacer proselitismo.

“Éstas, al tener como finalidad específica la representación de una formación política o de una candidatura, deben cuidarse en lo atinente al proselitismo (que es inherente a estos perfiles) y, por consiguiente, sí resultarían alcanzadas por la veda electoral a menos que regulen sus mensajes a la promoción de la participación en los comicios, más aún en el contexto del compromiso de buenas prácticas que suscribieron casi todas las fuerzas políticas que compiten en estas elecciones, en mayo pasado, con la Cámara Nacional Electoral”.

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