La Justicia confirmó un fallo de primera instancia que benefició a una mujer de 70 años a quien su ex esposo deberá pagarle 8 millones de pesos como compensación económica por haberse dedicado a tareas del hogar. La abogada Ana Rosenfeld habló con Equipo de Noticias sobre el caso.
“La palabra indemnizacion es horrible, porque no lo es, se trata del derecho de una mujer que se separa o también puede darse el caso del hombre donde se produce un desequilibrio económico, la ruptura matrimonial o conviviente”, dijo la abogada y agregó que está pensado en la mujer concubina que también le dedica toda su vida a ese hombre, “no están casados por lo tanto no tiene ganancialidad al momento de dividir los bienes pero dejó todo por formar una pareja”.
Sostuvo que en este caso, la mujer estuvo al lado de una persona a la que ayudó a crecer patrimonialmente, no solo desde lo económico sino también del cuidado personal que ejerció sobre sus hijos cuando su pareja salía a trabajar. “El hombre, todo lo que generó lo hizo para él y cuando se separa dice todo es mio, con la modificación del código, incorporó esta figura de Compensación económica”, añadió.
Antes se llamaba dinero y ahora es compensación económica. “El desequilibrio económico producido por una ruptura, de alguna manera, se repara con equis dinero .Sumado a ello, cuando la mujer a determinada edad, tampoco le resulta fácil reinsertarse al mercado laboral”.
Mencionó algunos elementos a tener en cuenta: dejar una profesión, una actividad o trabajo para dedicarse tiempo completo a ser la mujer de…, para la crianza de los chicos o un montón de cosas que la postergaron como mujer.
En este caso en particular, “la cifra (8 millones de pesos), no es millonaria o no millonaria, tiene que ver con el estándar económico que la pareja pueda probar. El monto lo determina el juez en base al tiempo que estuvieron juntos. La demanda tiene que estar bien justificada y demostrar el perjuicio que tiene”, argumentó Rosenfeld.
“El monto está relacionado con muchas cosas, la capacidad económica de la pareja, las cuestiones a probar y los jueces, porque las sentencias a veces son brillantes, pero los montos que se utilizan para reparar la compensación económica, a veces no son acorde a la realidad”, finalizó.
EL CASO
La mujer (identificada como M. L. y actualmente de 70 años) y el hombre (identificado como D. B.) estuvieron casados entre 1982 y 2009. Vivieron en Comodoro Rivadavia y luego en el barrio porteño de Palermo. Tenían un proyecto familiar sobre la base de la división tradicional de roles: mientras el hombre trabajaba, la mujer se dedicaba a la crianza de los hijos y a las tareas domésticas.
La pareja se separó en 2009 y el divorcio se decretó en 2011. Fue entonces cuando se frustró el proyecto familiar en común y también se rompió el equilibrio. La mujer atravesó dificultades económicas, mientras que el hombre “tuvo un buen pasar”.
La edad de la mujer fue otro factor que se tuvo en cuenta. “Luego de 27 años de matrimonio el accionado la abandonó cumplidos sus 60 años, edad en la que las mujeres obtienen el beneficio jubilatorio, viéndose privada de ingresar al mercado laboral”, informa el texto, en base a lo declarado por la demandante.
La decisión de la jueza Victoria Famá, del Juzgado Nacional en lo Civil N° 92, tuvo una perspectiva de género.