Lo hizo mediante dos disposiciones publicadas este jueves en el Boletín Oficial.
Mediante dos disposiciones publicadas este jueves en el Boletín Oficial, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió, por un lado, la venta de una marca de leche en polvo, y por otro, varias marcas de té que se promocionaban en un gran sitio de comercio electrónico.
Mediante la disposición 3888/2019, la Anmat estableció la prohibición de la comercialización de la leche entera en polvo de disolución instantánea, fortificada con vitaminas A y D, marca Monte Aurora (RNPA N° 21-100921, CG 21-75134, SENASA S-105900 – RNE N° 21-005175), de elaboración nacional. A la vez, por la misma disposición, quedó prohibida la venta de todo producto con el mismo RNE.
La medida fue tomada porque esa leche en polvo carece de las autorizaciones de establecimiento y de producto correspondientes y está falsamente rotulada, ya que en su envase consigna un rótulo un RNPA (Registro Nacional de Productos Alimenticios) perteneciente a otro producto. Es, en consecuencia, ilegal.
A la vez, en otra disposición -la 3887/2019- y por motivos similares, la Anmat prohibió la comercialización en todo el territorio nacional de los siguientes productos:
– “Té Rooibos”, marca Tea Blends for You.
– “Rooibos en Hebras”, producto Importado 50 g, marca Bolsa Urban Tea.
– “Rooibos de Sudáfrica con trocitos de zanahoria y naranja, Carrot Tea”, marca Urban Tea.
– “Rooibos en Hebras”, producto Importado 100 g, bolsa Urban Tea.
– “Té En Hebras Premium”, Blend Rooibos x 80g, marca ZIRAN~JI – Rooibos Edasich.
– “Blend de Rooibos de Africa + Algas de La Patagonia”, marca Argenvita.