Se trata de Pablo Viñas y Facundo Gómez Urso, quienes en el primer juicio condenaron a Matías Farías y Juan Pablo Offidani por venta de droga pero no por el crimen de la joven de 16 años.

Luego de dos audiencias, este martes absolvieron a los magistrados Pablo Viñas y Facundo Gómez Urso, acusados por el delito de “mal desempeño” tras haber dejado en libertad a los imputados Matías Farías y Juan Pablo Offidani por los delitos de femicidio y abuso sexual en el primer juicio por el femicidio de Lucía Pérez.

Ambos letrados estaban suspendidos y tenían parte de su sueldo embargado. La semana pasada, el fiscal General de San Martín, Marcelo Lapargo, había solicitado que fueran destituidos, mientras que la defensa de los magistrados pidió su absolución.

La decisión del jurado fue unánime y se conoció este martes a través de una audiencia virtual. De este modo, volverán a ocupar sus cargos en el Tribunal Oral en lo Criminal N°1 de Mar del Plata.

En el jury debían ser tres los jueces acusados, pero Aldo Carnevale se jubiló antes de que comenzara el proceso.

El femicidio de Lucía Pérez

Lucía Pérez tenía 16 años. El 7 de octubre, un día antes de que la asesinaran, había conocido a través de una amiga a Matías Farías y a Juan Pablo Offidani en la puerta de la Escuela Media N° 3. De acuerdo a la investigación, los imputados se habían acercado a ellas en un auto y les vendieron marihuana.

Al día siguiente volvieron a encontrarse pero sólo con Lucía: la pasaron a buscar en la camioneta de Offidani y fueron a la casa de Farías, ubicada en la calle Racedo al 4800. En ese lugar, la drogaron y abusaron de ella hasta matarla.

Unas horas más tarde los dos hombres, acompañados por un tercero llamado Alejandro Maciel, dejaron el cuerpo de Lucía en una sala de salud de Playa Serena. Los médicos intentaron reanimarla, pero ya estaba muerta.

Cuatro días después del crimen la fiscal María Isabel Sánchez dio una conferencia de prensa donde habló de una “agresión sexual infrahumana”. Contó que los tres acusados habían drogado a la víctima, abusaron sexualmente de ella y la mataron por empalamiento. Después, agregó que habían lavado el cuerpo para ocultar el crimen.

Sin embargo, el resultado de las pericias no respaldó la palabra de la fiscal y en junio de 2017 una junta médica en el Instituto Forense de Lomas de Zamora determinó que había lesiones “compatibles con relación sexual forzada” pero descartó el empalamiento. El informe estableció que Lucía había muerto por “asfixia por sofocación”.

En noviembre de 2018 se hizo el primer juicio, en el que Farías y Offidani fueron condenados a ocho años de prisión por la venta de drogas pero resultaron absueltos por las acusaciones de abuso sexual seguido de muerte y femicidio. En el mismo fallo, también absolvieron por el delito de encubrimiento a Alejandro Maciel, quien de esta manera nunca estuvo preso y murió en julio de 2020.

Luego, Casación bonaerense anuló el juicio y ordenó que se hiciera uno nuevo. Entonces, en 2023 la Justicia decidió condenar a prisión perpetua a Farías por la violación y femicidio de Lucía Pérez y a Offidani le aplicaron 8 años de cárcel como partícipe secundario del femicidio de la joven, pena que se sumó a la que ya tenían producto del primer debate.