Lo dispuso la Subsecretaría de Comercio de la Municipalidad de Corrientes, tras las respectivas consultas al Comité de Crisis provincial, en el marco de las medidas de distanciamiento social, preventivo y obligatorio.

La Municipalidad de Corrientes dispuso que los comercios, supermercados e hipermercados no deben solicitar el uso obligatorio de barbijos o tapabocas a menores de tres años. La medida fue tomada tras las respectivas consultas al Comité de Crisis del Gobierno provincial.

Se trata de la Disposición N° 110 emitida por la Subsecretaría de Comercio, dependiente de la Secretaría de Desarrollo Económico, en el marco del distanciamiento social, preventivo y obligatorio que rige en la provincia.

En el artículo 1 de la Disposición con fecha 2 de julio, se establece que “los establecimientos comerciales, supermercados e hipermercados no podrán requerir como requisito para el ingreso a los mismos, la utilización de barbijos comunitarios, máscaras o protectores faciales y/o elementos de protección facial a menores de tres años”.

Cabe aclarar que desde la Sociedad Argentina de Pediatría no recomiendan el uso de protectores faciales en menores ya que puede ocasionar la asfixia involuntaria y podrían dificultar la respiración. Por lo que se recomienda mantener el distanciamiento social, y que los miembros de la familia se laven las manos antes de tocar al bebé o al niño pequeño.

Además, desde la Comuna indicaron que el uso de tapabocas para el resto de la población es de manera obligatoria, de acuerdo a lo dispuesto por el Gobierno provincial.

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