La Justicia Federal procesó a una empresa por “trata de personas con fines de explotación laboral”. Los hacían trabajar 16 horas por sueldos de miseria. En las localidades de Sierra de los Padres, Tandil y Bella Vista explotaban a 150 personas.

Los responsables de una firma productora de frutos rojos quedaron procesados por presunta “trata de personas con fines de explotación laboral”, por las condiciones de trabajo a las que estaban sometidas unas 150 personas en predios hortícolas de las localidades bonaerenses de Sierra de los Padres y Tandil, y de la correntina Bella Vista, informaron fuentes judiciales.

La decisión fue tomada por el juez federal de Mar del Plata Santiago Inchausti en una causa en la que intervinieron la fiscal federal de esa ciudad Laura Mazzaferri y la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas (Protex), a cargo de dos fiscales porteños, Alejandra Mángano y Marcelo Colombo.

Según se determinó en la investigación, al menos 150 personas -en su mayoría ciudadanos bolivianos en “situación de vulnerabilidad”- trabajaban en distintos predios con jornadas laborales de hasta 16 horas y sueldos por debajo de los estipulados en las leyes laborales.

El juez procesó sin prisión preventiva a cuatro investigados, el presidente, la vicepresidenta y dos encargados de recursos humanos de la empresa, en la causa abierta en 2016 luego de que una docente contó en un blog personal la situación de una de sus alumnas, que trabajaba en uno de los lugares conocido como “El Frutillar”

Los trabajadores vivían en campamentos, no tenían descanso semanal y sufrían descuentos por enfermedad, multas o sanciones.

En el procesamiento se consideró probada “la política de empresa, de explotación a un sector de la población vulnerable por su condición de migrante“.

También, “la existencia de extensas jornadas laborales, falta de registración de algunos trabajadores, salarios –en algunos casos-por debajo de los mínimos legales, descuento de la jornada laboral incluso en casos de enfermedad“

Para el magistrado, había “sujeción de la voluntad de los trabajadores a los designios de la empresa ya sea por la dependencia en cuanto a su retorno al lugar de origen (en caso de aquellos migrantes que habían sido trasladados a Mar del Plata bajo promesa de poder volver a su entorno, solo si completaban las tareas encomendadas), por dependencia económica y/o por dependencia habitacional“.

Las víctimas tenían “grados de instrucción en general muy bajos” y, “en su mayoría, niños y niñas a cargo” en “situación de extrema vulnerabilidad, aprovechada por los explotadores para lograr que los/as trabajadores/as permanecieran trabajando bajo las condiciones mencionadas, sin efectuar reclamo alguno y al menor costo posible de la empresa”.

Por todo ello, el juez procesó al presidente y a la vicepresidenta de la empresa como coautores y a los dos jefes de recursos humanos como “partícipes secundarios” porque “no podían desconocer, en orden a la actividad que desarrollaban para la empresa, las maniobras en cuanto a los pago de las remuneraciones por debajo de lo estipulado en las leyes laborales”.

En la resolución, finalmente, se fijó un embargo de 50 millones de pesos “a fin de asegurar la reparación económica a las víctimas”.

Fuente: Télam

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