Si bien la Constitución Nacional dicta que todos los ciudadanos de la Argentina deben votar, hay algunas excepciones.
Ya sean argentinos nativos y por opción desde los 16 años o ciudadanos naturalizados de 18, siempre que figuren en el padrón electoral y tengan el documento correspondiente, están habilitados para votar en las PASO 2019 y las elecciones generales del 27 de octubre. Pero hay excepciones.
¿Quiénes no pueden votar?
Los dementes declarados tales en juicio
Los condenados por delitos dolosos a pena privativa de la libertad y, por sentencia ejecutoriada, por el término de la condena
Los condenados por las faltas previstas en las leyes nacionales y provinciales de juegos prohibidos, por el término de tres años; en el caso de la reincidencia, por seis
Los sordomudos que no sepan darse a entender por escrito
Los sancionados por la infracción de deserción calificada, por el doble de término de la duración de la sanción
Los declarados rebeldes en causa penal, hasta que cese la rebeldía o se opere la prescripción
Los inhabilitados según las disposiciones de la Ley Orgánica de Partidos Políticos
Los que en virtud de otras prescripciones legales y reglamentarias sean inhabilitados para el ejercicio de los derechos políticos