Agentes de Comercio y Defensa del Consumidor recorrerán cadenas locales e hipermercados para verificar las carestías de productos reflejados por este medio en recientes publicaciones. Las góndolas de aceite y lácteos son los que denotan mayores problemas.
Los supermercados locales siguen con grandes dificultades para abastecerse de varios productos de la canasta básica. Tanto es así que época ya reflejó, en varias notas, las carencias que evidencias las góndolas citadinas.
Los principales problemas de “stockeo” hoy día pasan por los aceites, lácteos, mayonesa y algunas bebidas.
En virtud de esta coyuntura, desde la Subsecretaría de Comercio y Defensa del Consumidor anunciaron que harán relevamientos en las cadenas locales, a fin de conocer cuál es el cuadro de situación de los supermercados, poniendo el acento en el cumplimiento del programa federal de Precios Cuidados.
Por caso, el fin de semana, en una cadena nacional, establecida por avenida Maipú, se pudo observar faltantes en el aceite de girasol, al punto que no había botellas disponibles; no así de las variantes mezcla y de maíz.
Desde la ciudad de Mercedes también precisaron a este medio que no había disponibilidad de botellas de aceite.
Las ventas con cupo o directamente la carestía de la variante de aceite de girasol se replicó en los últimos días en muchos supermercados del Taragüí.
Ratificaron sanción a una cadena local
El Superior Tribunal de Justicia (STJ) rechazó, recientemente, el recurso interpuesto por una empresa supermercadista local ante una multa labrada por la Subsecretaría de Comercio y Defensa del Consumidor de la Provincia.
Desde esa área oficial, indicaron que el acta de infracción fue hecha hace casi un año atrás, cuando se creó el régimen de Precios Máximos. Inspectores constataron que en una sucursal se exhibieron alimentos a precios superiores a los máximos establecidos por el acuerdo federal.
De ese modo, el STJ ratificó que la empresa sancionada deberá abonar una multa por el valor de 20 mil pesos por infracción al articulo 8´ bis de la Ley N´24.240 y la resolución 100/2020 de la Secretaría de Comercio Interior de la Nación.
Fuente: Diario época