Más de 200 muestras de hisopado fueron tomadas bajo el Puente General Manuel Belgrano al cierre del primer día de vigencia del Decreto 935/2020 del gobierno de Corrientes desde ese puesto de control. Fuera de horarios laborales sólo se deja pasar a las personas que acrediten domicilio en Corrientes, precisó a este diario el Comisario General, Director de Seguridad Vial de Corrientes, Hernán García, a cargo de la asistencia policial al personal de salud en este punto.

Al cierre de este martes, primer día de vigencia del decreto 935/2020 dispuesto por el Poder Ejecutivo de la Provincia, el Ministerio de Salud de Corrientes, llevaba testeados más de 200 controles de hisopado a personas en circulación de ingreso a Corrientes desde la Ciudad de Resistencia, Chaco, en el marco de un estricto control al tránsito vial que, al pasar las veinte horas, redujo aún más su ingreso aceptando sólo a quienes exponían permisos con domicilio en Corrientes.

“Los permisos nuevos son los que rigen desde este martes. Todos los demás ya no funcionan. En este punto se puede pasar sólo con el Permiso Puente. Los otros permisos acá no se revisan. Sólo se revisan los Permisos Puente, que deben estar actualizados. Los permisos Puente duran siete días, para el caso de actividades esenciales. Para ingresar a la provincia en horarios laborales se deben exponer esos permisos”, dijo al cerrar la jornada el Comisario General, Director de Seguridad Vial de Corrientes, Hernán Darío García.

García explicó que además de ello, la Policía de la Provincia de Corrientes ha decidido dejar pasar, aproximadamente a partir de las veinte horas de este martes, sólo a las personas que acrediten tener registrado su domicilio dentro de la Provincia. “Esto es así por que hemos detectado muchos casos de personas que mienten y necesitamos que colaboren”, explicó García.

El Comisario General, Director de Seguridad Vial de Corrientes, recomendó a los conductores, en caso de no haber obtenido aún acceso a su permiso puente comunicarse telefónicamente para su aprobación con las autoridades a cargo del Sistema de Gestión de Cuarentena de la provincia de Corrientes (SiGeCC). García dijo que si la solicitud de permiso se encuentra en revisión o no se obtiene enlace para comprobar el estado de su solicitud debe establecerse contacto directo con el Sistema de Gestión de Cuarentena de la provincia de Corrientes (SiGeCC).

García remarcó que las medidas adoptadas tienen base en las órdenes emanadas por el gobierno de la Provincia, y subrayó en que se aplicarán de “modo estricto”. “Estamos hablando con las personas que vienen desde Chaco o que van hacia allá pero nos cuesta que entiendan” expresó el Director de Seguridad Vial.

La Solicitud del Permiso Único de Circulación Puente Gral. Belgrano puede gestionarse exclusivamente a través la página web https://permisos.corrientes.gob.ar/puente

La misma se ordena en el marco del aislamiento social, preventivo y obligatorio por la pandemia de coronavirus COVID-19 y sólo sirve a clasificar el control de trazabilidad para ingreso a la Provincia de Corrientes por el puente Gral. Manuel Belgrano. El permiso es único e intransferible, y se extiende sólo a Personal de salud, Dueños y/o gerentes de comercios o empresas, Pacientes oncológicos que reciben tratamiento específico y programado con su respectivo acompañante (no más de uno) quien deberá tramitar también su permiso, Periodistas con credencial y Funcionarios públicos nacionales, provinciales, municipales (poder Ejecutivo, Legistativo y Judicial).

Una vez obtenido el permiso, el mismo reviste carácter de declaración jurada y tiene una vigencia de 7 (siete) días.

SIN HISOPADOS NO HABRÁ CIRCULACIÓN

El decreto base en torno a este control divulgado este martes con la firma del Dr. Gustavo Adolfo Valdés, el Dr. Carlos José Vignolo y el Dr. Ricardo Alberto Cardozo, aprueba la Resolución N° 2.252 de fecha 12 de junio de 2020 dictada por el Ministerio de Salud Pública, que “dispone como medida preventiva de carácter obligatorio la toma de muestra semanal de PCR (Hisopado Nasofaríngeo) para análisis COVID-19 a las personas que, por cualquier razón, circulen periódica o regularmente entre las provincias de Corrientes y Chaco por ser la provincia de Chaco zona definida con transmisión local”

La resolución advierte que tales condiciones se imponen “bajo apercibimiento de iniciar las acciones legales por violar las medidas adoptadas por las autoridades competentes para impedir la introducción o propagación de una epidemia, previstas en el artículo 205 y cc del Código Penal Argentino, y sin perjuicio de interponer las medidas cautelares y demás acciones judiciales pertinentes”.

En su carácter práctico, sobre esta regla, se indica a los conductores que si no hay recursos para hisopado no habrá autorización para circular.

En el mismo decreto se indica que la prueba de “Reacción en Cadena de la Polimerasa” (PCR) detecta y cuantifica la presencia de SARS-CoV-2” porque “identifica el fragmento del material genético propio del virus”, por lo tanto, “la presencia del virus en el organismo”.

Además, se describe al hisopado como un “método ambulatorio no invasivo”, que “causa una molestia leve” y “no produce efectos adversos” y que “puede realizarse en cualquier lugar físico donde pueda trabajar el personal de salud entrenado para ello”.

“Su práctica constituye una medida preventiva eficaz para evitar el aumento y controlar su evolución en el territorio provincial, dado que la salud pública de todas las personas es un bien jurídico protegido por las normas jurídicas fundamentales”, argumenta.

“Esta situación de emergencia sanitaria obliga a tomar medidas excepcionales, razonables y proporcionales a la finalidad de preservar la vida y la salud”, fundamenta.

Fuente: Momarandú

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