Se trata de dos variantes de la marca Hojalmar. Considera que están falsamente rotulados al no aclarar que los mismos “pueden contener soja”.

Mediante la disposición 2307/2020 publicada este jueves en el Boletín Oficial, se informa de la decisión de prohibir la comercialización de ambas variedades bizcochos.

“Prohíbese la comercialización en todo el territorio nacional de los productos rotulados como ‘Bizcochos dulces de hojaldre, Snack Matero Azucarado, Hojalmar'”, se anuncia en el Boletín Oficial. La misma restricción corre también para la variedad “Bizcochos de hojaldre – snack matero salado”.

El problema con ambas variedades de bizcochos está relacionado con el rótulo, porque no se aclara que el mismo “puede contener soja”.

En consecuencia, para la ANMAT “por estar falsamente rotulados y por no consignar en sus rótulos la adecuada declaración de alérgenos” ambas variedades de los bizcochos de la marca Hojalmar son considerados ilegales.

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