El presidente de la Federación Económica de Corrientes (FEC), Daniel Cassiet habló con Radio Sudamericana del bono de $5.000 que anunció por decreto el gobierno Nacional y que está destinado a trabajadores del sector privado. “A algunas Pymes se les va a hacer difícil pagar”, dijo pero recordó que “el decreto dice que tenemos que aceptar el pago”.

El presidente de la FEC, Daniel Cassiet habló sobre la “asignación no remunerativa” de $ 5.000 para los trabajadores en relación de dependencia del sector privado. Los del sector público ya cobraron una suma no remunerativa cuando el Gobierno anunció medidas tras las PASO. De esta medida quedan excluidos “los trabajadores del sector público nacional, provincial y municipal”. También quedó excluido del beneficio el personal de casas particulares y el trabajo agrario.

“Tanto el gobierno y como el sindicalismo, comprenden que la situación es complicada. A algunas Pymes se les va a hacer difícil pagar y otras van a afrontar el decreto”.

“Hay una puerta abierta para hacerlo en un pago o hacerlo en cuotas, que era uno de los pedidos de la CAME. Si el empresario dice que no puede pagar y bueno… la verdad es que el decreto dice que tenemos que afrontar el pago y habrá que negociar”.

El decreto establece que “se abonará en el mes de octubre de 2019 o en los plazos, cuotas y condiciones que establezcan las partes signatarias de los Convenios Colectivos de Trabajo en ejercicio de su autonomía colectiva”. Esto quiere decir que los gremios deberán negociar la forma de pago con las empresas. La CAME (que reúne a las Pymes) ya anticipó que buscará pagar en 5 cuotas. En este caso el bono terminaría de cobrarse en febrero.

¿Es de $ 5.000 para todos?

Cobrarán $ 5.000 quienes trabajen la jornada legal o convencional. Si el empleado trabaja medio día, cobrará un proporcional. Así lo dice el decreto: “Cuando la prestación de servicios fuere inferior a la jornada legal o convencional, los trabajadores percibirán la asignación en forma proporcional, de acuerdo a los mecanismos de liquidación previstos en el convenio colectivo aplicable o, supletoriamente, según las reglas generales contenidas en la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias”.


¿Por qué podría licuarse?

La norma dispone que los $ 5.000 pueden compensarse en las próximas revisiones salariales. “Los empleadores que hubiesen otorgado, unilateralmente o por acuerdo de manera extraordinaria, otros incrementos sobre los ingresos de los trabajadores a partir del 12 de agosto de 2019, podrán compensarlos hasta su concurrencia con la suma total de la asignación”, aclara la norma.

Fuente: Radio Sudamericana

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