Una directora de una escuela primaria de Mocoretá se sintió agraviada por los comentarios de una publicación en Facebook. Realizó una demanda por 70.000 pesos. El juez Jorge Luis Podestá aplicó el Protocolo de Oralidad y técnicas de mediación. Primó el diálogo.

El Juzgado de Paz de Mocoretá logró en dos meses poner fin a un proceso judicial que se había iniciado por los comentarios ofensivos que recibió una directora de una escuela primaria tras una publicación en el muro de Facebook de la tía de un alumno. La docente había demandado por daños y perjuicios y reclamaba un resarcimiento de 70.000 pesos. Tras aplicar técnicas de mediación de la Universidad de Harvard, ambas partes llegaron a un acuerdo, un gran abrazo y una invitación a continuar con el diálogo.

“Aplicamos técnicas de mediación. Técnicas de Harvard, el ganar-ganar, intentamos que ambas partes comprendan los beneficios de acordar, que entiendan que ganaban las dos. Porque más allá del malestar, el objetivo de la maestra no era obtener dinero, su finalidad era otra. Avanzamos en audiencias privadas y logramos que las partes se entiendan. Terminaron con un gran abrazo y la invitación a seguir dialogando”, explicó a ellitoral.com.ar el juez Jorge Luis Podestá.

La causa se inició en octubre, luego de que molesta con la decisión de la directora de una escuela, una mujer que aducía que se había discriminado a su sobrino en un acto escolar, publicó en su red social de Facebook un comentario sobre el hecho.

Aunque el comentario no revestía mayor gravedad, las reacciones hacia la directora fueron muy ofensivas. El posteo fue compartido 243 veces, reaccionaron más de 550 personas y hasta pobladores de Monte Caseros (Corrientes) y Chajarí (Entre Ríos) realizaron comentarios agresivos.

La directiva acudió al Juzgado de Paz de Mocoretá donde inició una acción por daños y perjuicios por un monto de $70.000, además de solicitar que la mujer se rectificara o retractara por el mismo medio (Facebook).

El doctor Podestá, titular de la dependencia judicial, aplicó a esta causa el Protocolo de Oralidad que rige en Corrientes desde el 1º de junio del año pasado para los fueros civil y comercial, contencioso administrativo y laboral.

En ese marco se realizó una audiencia preliminar el martes 4 de febrero, y asistieron la directora y su abogado, como también la mujer demandada y su abogado. El magistrado explicó las nuevas reglas de procedimiento y logró que la mujer eliminara el posteo y los comentarios que fueron el objeto del proceso judicial.

Además, ambas redactaron el siguiente texto: “Así como en el pasado existieron diferencias por circunstancias que no deseamos mencionar, consideramos oportuno hacer público que éstas han sido superadas luego de un diálogo franco y sincero entre nosotras”.

El texto lleva las firmas de ambas y se publicó de manera inmediata en el muro de la mujer demandada, tras la firma del acuerdo. Se le solicitó expresamente que esa nueva publicación no admita comentarios de terceros, para lo cual la mujer deberá activar la opción correspondiente.

Por último, se acordó que la firma y el cumplimiento del acuerdo extinguía el/los derecho/s y/o la/s acción/es emergente/s del presente proceso.

“Hoy el 90 por ciento de los procesos civiles y comerciales que tiene el Juzgado de Paz se resuelvan mediante mediación y el Protocolo de Oralidad. Es un gran reconocimiento del Superior Tribunal de Justicia que se haya incluido a los juzgados de paz en el Protocolo de Oralidad”, dijo Podestá.

Fuente: El Litoral

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