La ex jefa de la comuna de Perugorría, Angélica Lesieux, deberá seguir en su celda en la Alcaída de Curuzú Cuatiá a la espera de un juicio.

El Tribunal Oral Penal de Mercedes resolvió rechazar el pedido de prisión domiciliaria solicitado por la defensa técnica de la procesada Angelina Soledad Lesieux, ex intendenta de Perugorría. Está acusada de malversar caudales públicos, peculado y fraude en perjuicio de la administración pública.

La resolución, suscripta por los jueces Muschietti y Troncoso, resaltó que el informe del médico forense interviniente, basado la entrevista médica y en los estudios médicos practicados a Lesieux, resultó contundente: no integra el denominado “grupo de riesgo” del covid-19.

La decisión del Tribunal Oral Penal con asiento en Mercedes fue tomada por dos de sus miembros titulares, ante la licencia extraordinaria del juez Silvero.

Los integrantes del TOP señalaron que del informe brindado por el comisario a cargo de la Alcaidía de Curuzú Cuatiá surgía que el personal policial se encuentra cumpliendo un estricto protocolo respecto a las medidas de seguridad e higiene, con provisión a los internos de elementos de limpieza y desinfección.

Lesieux se encuentra en una celda individual. Los jueces subrayaron que de la propia causa surgía que el derecho a la salud y a la atención médica adecuada la tuvo siempre, en cumplimiento de los estándares internacionales establecidos en el “Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales” y en las “Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para el Tratamiento de Reclusos (Reglas Nelson Mandela)”.

Por otra parte el Tribunal consideró que el hecho de que la procesada tuviese un hijo menor de edad -12 años- no encuadraba taxativamente en las hipótesis previstas e instituidas en el art. 10 del Código Penal y en el art. 32 de la ley 24.660 de ejecución de la pena privativa de libertad, complementaria del Código de fondo, a lo que adjunaron que el informe socio ambiental daba cuenta que el niño “… Cuenta con una amplia red de contención familiar y social, dada la gran actividad comunitaria y los empleos que Lesieux desarrollara en la localidad previa privación de su libertad…”.

Señalaron los magistrados que la reanudación progresiva de la actividad jurisdiccional, dispuesta por el Acuerdo Extraordinario 9/20 del STJ, permitía la programación y próximo inicio del juicio que originariamente se hallaba previsto para el 14 de abril.

Señalaron que “[…] aun cuando evidentemente existan poblaciones vulnerables al coronavirus como la carcelaria, que hipotéticamente podría incrementar el índice de contagio, sólo podrá considerarse seriamente la posibilidad de su morigeración cuando el interno se encuentre, a criterio del médico forense, dentro de la población de riesgo y la autoridad de aplicación no se encuentre en condiciones de satisfacer mínimamente las condiciones de detención que aseguren la prevención sanitaria y el servicio de salud.”

Una petición de prisión domiciliaria solicitada por el defensor de la procesada Lesieux, casi idéntica en sus argumentos, fue recientemente rechazada por el Juez de Feria, doctor. Mosca Tressens.

Fuente: Diario Litoral

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